División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Sociales
Lic. Jesús Mora Calderón
-2-
26-10-2006
Al contestar refiérase
Al oficio Nº15030
26 de octubre, 2006
FOE-SOC-0156
Licenciado
Jesús Mora Calderón
Gerente Asociado
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Estimado señor:
Asunto:
Consulta sobre si a FUPROVI le alcanza la prohibición contemplada en el artículo 22 bis, inciso g) de la Ley de Contratación Administrativa y si determinadas actividades de las entidades públicas que conforman el Sistema Financiero de la Vivienda constituyen actividad ordinaria.
La División de Asesoría y Gestión Jurídica recibió el 14 de setiembre de 2006 el oficio D.E. 97-06 de fecha 14 de setiembre de este año, dirigido a la Contralora General de la República y proveniente de la Fundación Promotora de Vivienda. Mediante dicho oficio esa entidad consulta si a la FUPROVI le alcanza la prohibición contemplada en el artículo 22 bis, inciso g) de la Ley de Contratación Administrativa, en las relaciones entre dicha entidad y las entidades públicas que conforman el Sistema Financiero de la Vivienda; esto por cuanto el Dr. Fernando Zumbado Jiménez, Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, la diputada Ofelia Taitelbaum y el señor Miguel Ángel Murillo, Vicepresidente de la actual Junta Directiva del Banco figuran como socios fundadores, esto no obstante que dichos funcionarios renunciaron a sus cargos en esa Fundación; y además, de ser pertinente si pueden solicitar el levantamiento de incompatibilidad regulado en el artículo 23 de la Ley de Contratación Administrativa.
Al respecto, tenemos conocimiento que en oficio N° 13164 del 13 de noviembre de 2001 (DAGJ-2075-2001), la División de Asesoría y Gestión Jurídica emitió un criterio en el que se concluye, entre otras cosas, que la selección de empresas desarrolladoras o constructoras que realicen las entidades autorizadas del Siste ...
Fecha publicación: 29/10/2006
Fecha emisión: 26/10/2006
Institución: FUNDACION PROMOTORA DE LA VIVIENDA (FUPROVI)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Sra. María Eugenia Flores Sibaja
2
26 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 15038
Fax: 795-3086
26 de octubre, 2006
FOE-SAF-0078
Señora
María Eugenia Flores Sibaja
Secretaria General
Consejo de Administración
JAPDEVA
Estimada señora:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a Gran Caimán.
Me refiero a su oficio N° SG-1794, de fecha 24 de octubre de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a Gran Caimán, en razón de la participación de varios funcionarios de esa entidad en “The 13th Annual FCCA Caribbean Cruise Conference & Trade Show”, la cual se celebrará en Gran Caimán, entre el 31 de octubre y el 3 de noviembre próximos.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, la siguiente tarifa diaria:
Destino
Miembros de
Funcionarios pertene-
Otros
los Supremos
cientes al nivel deter-
Funcionarios
Poderes
minativo y de ejecución
o fiscalización superior
I
II
III
E.U.A. $
E.U.A. $
E.U.A. $
Gran Caimán
250,00
210,00
180,00
En caso de que la anterior tarifa requiera ser segregada para los efectos de lo dispuesto por el artículo 35° del Reglamento de Viáticos, se desglosará de la siguiente manera:
NIVEL
I
II
III
Hospedaje
170,00
140,00
120,00
Desayuno
16,00
14,00
12,00
Almuerzo
24,00
21,00
18,00
Cena
24,00
21,00
18,00
Otros gastos menores
16,00
14,00
12,00
Finalmente, me permito recordarle lo dispuesto por el artículo 28º del Reglamento d ...
Fecha publicación: 29/10/2006
Fecha emisión: 26/10/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Agropecuarios y de Medio Ambiente
Sr.
-2-
__-_-2004
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15018
26 de octubre, 2006
FOE-SOC-0151
Ingeniera
Eloisa Ulibarri Pernus
Directora Ejecutiva
FUNDACIÓN PROMOTORA DE LA VIVIENDA
Estimada señora:
Asunto:
Consulta sobre varios aspectos relacionados con las actuaciones de las entidades autorizadas para desarrollar proyectos dentro de Ámbito del Sistema Financiero para la Vivienda. Asimismo, consulta si a FUPROVI le alcanza la prohibición contemplada en el artículo 22 bis, inciso g) de la Ley de Contratación Administrativa.
Esta Contraloría General recibió el oficio D.E. 97-06 de fecha 14 de setiembre de este año, en el cual se consulta, entre otras cosas, si a FUPROVI le alcanza la prohibición contemplada en el artículo 22 bis, inciso g) de la Ley de Contratación Administrativa, en las relaciones entre dicha entidad y las entidades públicas que conforman el Sistema Financiero de la Vivienda. Lo anterior en virtud de que el Dr. Fernado Zumbado, Ministro de la Vivienda y de Asentamientos Urbanos; la diputada Ofelia Taitelbaum y el señor Miguel Ángel Murillo, Vicepresidente de la actual junta directiva del Banco, figuran como socios fundadores de dicha fundación.
Al respecto, le comunicamos que en vista de que la consulta planteada involucra aspectos de la competencia de la División de Contratación Administrativa, la misma fue trasladada a dicha Dependencia para lo que corresponda.
Sin perjuicio de lo que sobre los aspectos de contratación administrativa resuelva la División de Contratación Administrativa, sí debemos manifestar desde ya en relación con los puntos a) y c) de su consulta, respecto de la posibilidad de permitir adelantos de recursos del bono de vivienda y de realizar alianzas estratégicas con instituciones del sector público, que se trata de aspectos q ...
Fecha publicación: 29/10/2006
Fecha emisión: 26/10/2006
Institución: FUNDACION PROMOTORA DE LA VIVIENDA (FUPROVI)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Dr. Guillermo Constenla Umaña
2
24 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 14914
24 de octubre, 2006
FOE-SAF-0077
Doctor
Guillermo Constenla Umaña
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
Estimado señor:
Asunto:
Observaciones al Reglamento de Viáticos y solicitud de revisión.
Me refiero a su oficio N° PE-1641, de fecha 4 de octubre, mediante el cual nos comunica algunas observaciones en materia de gastos de viaje, a raíz de una visita oficial que realizó a la ciudad de Londres, Inglaterra. En relación con ello nos solicita y/o comunica lo siguiente:
a) Modificar el Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), de manera que se equiparen las tarifas del segundo nivel de la tabla del artículo 34°, -en donde se incluye a los Presidentes Ejecutivos de las instituciones autónomas-, con las tarifas del primer nivel de la misma, correspondiente a la categoría de Miembros de los Supremos Poderes.
b) El Reglamento no prevé el reconocimiento de pago de las conexiones a Internet.
c) La tarifa que el Reglamento de Viáticos asigna está desactualizada.
d) Las sumas asignadas para gastos de transporte interno no alcanzan para pagar el costo de los taxis, en trayectos normales en una ciudad como Londres.
e) Acordar las resoluciones que el asunto amerita, actualizando el Reglamento de Viáticos de acuerdo con las necesidades actuales.
Al respecto, me permito comunicarle que esta Contraloría General se encuentra revisando y actualizando las tarifas diarias de viáticos al exterior, de manera que el proyecto tarifario respectivo será publicado, en los próximos días, en el diario oficial La Gaceta (punto c) de su oficio).
Referente a los ...
Fecha publicación: 26/10/2006
Fecha emisión: 23/10/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
Sr. Jorge Zamora
2
16 de agosto, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 14857
23 de octubre, 2006
FOE-SAF-0076
Señor
Álvaro Piedra M.
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a las Islas Vírgenes de los E.U.A.
Me refiero a su oficio N° MI-543, de fecha 17 de octubre de 2006. Sobre lo planteado me permito comunicarle que la tarifa diaria de viáticos que se autorizó mediante oficio N° 11066 del 10 de agosto y que se reiteró en oficio N° 11626 del 16 de ese mismo mes, es igualmente válida, en este caso, para la fecha en que se reprogramó el viaje del señor Maykool López Rojas, Director de la Oficina de Promoción Comercial en Puerto Rica, -a saber del 18 al 20 de octubre-, a las Islas St. Thomas y St. John.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Expediente
Copiador
Ni:
24055
G:
2006004319-3
P:
2006021960
Tel. (506) 501-8000
Fax. (506) 501-8100
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloría.general@cgr.go.cr
] ...
Fecha publicación: 26/10/2006
Fecha emisión: 23/10/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
FOE-ED-0199 3 23 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio No. 14808
23 de octubre, 2006
FOE-ED-0199
Licenciada
Miriam Calvo Quesada
Auditora General
CORREOS DE COSTA RICA S. A.
Estimada señora:
Asunto:
Se atiende consulta donde requiere el criterio de este órgano contralor respecto de la fecha de devolución de las dietas pagadas en forma presuntamente irregular a miembros de la Junta Directiva.
Damos respuesta a su oficio 253-2006-AIC, del 29 de agosto del 2006, mediante el cual expone que esa auditoría se encuentra realizado un estudio sobre los gastos de viaje al exterior y el pago de dietas a los miembros de Junta Directiva cuanto estos no han asistido a las sesiones por encontrarse de viaje, en representación de esa empresa. Al respecto nos refiere al criterio jurídico vinculante emitido por la Procuraduría General de la República mediante su oficio C-241-2005, del 1 de julio del 2005, ratificado mediante el dictamen C-122-2006 del 22 de marzo del 2006, a través del cual ese órgano asesor atendió la consulta realizada por esa empresa y reiteró la posición que ha mantenido en torno a la improcedencia de reconocer el pago a aquellos directivos que no asistan a la sesión respectiva en razón de encontrarse de viaje en funciones propias de su cargo.
Señala usted que sobre la procedencia o no de la devolución de los pagos recibidos por miembros de la Junta Directiva en calidad de dieta y en las condiciones apuntadas, existe una discrepancia de criterios entre el Departamento Legal y el Asesor Legal de la Junta Directiva, en virtud de lo cual, solicita a esta Contraloría General pronunciarse sobre si es procedente la pretendida devolución de las dietas pagadas ...
Fecha publicación: 26/10/2006
Fecha emisión: 23/10/2006
Institución: CORREOS DE COSTA RICA S.A.
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios económicos para el desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios económicos para el desarrollo
FOE-ED-0195 8 20 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio No. 14776
20 de octubre, 2006
FOE-ED-0195
Señor
Óscar López Arias
Diputado
Partido Accesibilidad Sin Exclusión
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto:
Atención de su oficio Nro. OLA-035-06 en el que se refiere a los alcances del Informe Nro. DFOE-FEC-5/2006.
Nos referimos a su oficio Nro. OLA-035-06, de fecha 13 de junio del 2006, donde se nos solicita realizar una investigación sobre los alcances del Informe Nro. DFOE-FEC-5/2006. De previo a detallar el resultado de dicho análisis legal, estimamos procedente definir previamente la naturaleza jurídica de la entidad analizada y de los fondos que administra.
1.
ANTECEDENTES.
a)
Naturaleza Jurídica:
El artículo 7 de la Ley N° 7638 define la naturaleza de la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER):
“Artículo 7.- Creación
Créase la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, cuyo acrónimo será PROCOMER, como entidad pública de carácter no estatal.”
Esta Contraloría General ha analizado en otras oportunidades las características de los "entes públicos no estatales", señalando que se trata de entes que no se enmarcan dentro del Estado y por ende que no integran la Administración Central, pero que se encuentran sujetos a un régimen de derecho público en atención a las funciones que realizan
La Ley General de la Administración Pública en su artículo 1 define la Administración Pública como el Estado y los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado. Siendo que la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica es un "ente público", le es aplicable dicho Cuerpo Legal y en especial el principio de ...
Fecha publicación: 23/10/2006
Fecha emisión: 20/10/2006
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Lic. Francisco Herrera Hall
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18 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 14675
Fax: 222-32-10
18 de octubre, 2006
FOE-SAF-0071
Licenciado
Francisco Herrera Hall
Jefe Sección Ingresos
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a Túnez
Me refiero a su oficio N° 1376-EGR, de fecha 12 de octubre de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a Tozeur, Túnez, en razón del viaje a ese país de los señores Pedro Bolaños Villalobos y Delberth Delgado Moya, funcionarios de ese Ayuntamiento, para participar de la “Asamblea General de la Confederación Internacional del Deporte de los Trabajadores”, entre el 17 y 24 de octubre.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $120,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $60,00 para alojamiento, $12,00 para desayuno, $18,00 para almuerzo, $18,00 para cena y $12,00 para otros gastos menores de viaje.
Aprovecho la oportunidad para recordarle lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34° del Reglamento de Viáticos el cual establece, -entre otros aspectos-, que las tarifas correspondientes a países no considerados en la tabla que se incluye en ese mismo numeral, deben ser solicitadas a este órgano contralor con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha de inicio del viaje, lo cual no se cumplió en este ...
Fecha publicación: 21/10/2006
Fecha emisión: 18/10/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Sr. Jorge Monge Rojas
2
18 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 14661
18 de octubre, 2006
FOE-SAF-0070
Señor
Jorge Monge Rojas
Asesor del Ministro
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a Chipre.
Me refiero a su oficio N° DM-651, de fecha 9 de octubre de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a Chipre, en razón del viaje que efectuará a ese país el señor Hermes Navarro del Valle, Asesor del Ministro, para participar de la “Primera Conferencia Internacional de Turismo Religioso”, que tendrá lugar en la ciudad de Nicosia entre el 19 y 21 del mes en curso.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $232,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $142,00 para alojamiento, $18,00 para desayuno, $27,00 para almuerzo, $27,00 para cena y $18,00 para otros gastos menores de viaje.
Finalmente, me permito recordarle lo dispuesto por el artículo 28º del Reglamento de Viáticos, el cual establece que los servicios de alimentación, hospedaje y transporte que los funcionarios públicos reciban gratuitamente, durante las giras o viajes que realicen en cumplimiento de sus funciones, no podrán ser cobrados a la Administración, independientemente que quién les haya suministrado el servicio; similar propósito establece el artículo 39º del mismo ordenami ...
Fecha publicación: 21/10/2006
Fecha emisión: 18/10/2006
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
FOE-ED-0178 2 17 de octubre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio No. 14583
17 de octubre, 2006
FOE-ED-0178
Doctor
Guillermo Constenla U.
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende oficio en relación con sobreprecios en primas de reaseguros y aspectos relacionados con el Programa de Educación Continua del Instituto Nacional de Seguros.
Nos referimos a su oficio Nro. PE-2006-1417 del pasado 6 de setiembre, mediante el cual solicita nuestras apreciaciones en torno a los recursos del Programa de Educación Continua, derivados de los contratos que se suscriben con los reaseguradores, así como de los “sobreprecios” por usted llamados en algunos de los contratos de reaseguros presentados en algunos casos.
Al respecto nos permitimos indicarle lo siguiente:
1. En los casos en que hubo “sobreprecio” en el cobro de las primas cedidas al reaseguro, esta Contraloría General ha manifestado que dicho sobreprecio constituye recursos públicos, por lo tanto los casos identificados en los puntos a) y c) de su nota, efectivamente constituyen recursos públicos, de ahí que se encuentran sometidos a todos los controles que rigen en la Administración Pública, incluyendo la aplicación del régimen de responsabilidad de los funcionarios públicos, ante hechos generadores de responsabilidad administrativa, civil, o penal.
Ante la existencia de un sobreprecio, del cual usted señala que: “Fue por iniciativa del INS que se solicitó e incluyó un sobreprecio en las primas con objeto de crear los ‘Fondos de Capacitación’, de ‘Mejoramiento de riesgo´”, es obligación del Instituto Nacional de Seguros sentar las responsabilidades que correspondan en caso de que procedan, ...
Fecha publicación: 20/10/2006
Fecha emisión: 17/10/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2006